Quiero ser parte del programa
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Quiero ser parte del programa

Abr 24, 2025

Es el programa que busca acercar los productos y servicios de Colpensiones a los connacionales que residen fuera del país, a través de diferentes canales para hacer aportes a pensión y posteriormente recibir el pago de la mesada en cualquier lugar del mundo.

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Objetivo:

  • Proporcionar información relevante para que quienes viven fuera del país tomen decisiones informadas con respecto a su futuro.
  • Generar iniciativas que permitan acercar cada vez más la oferta de productos y servicios de Colpensiones a este grupo de interés residente en el exterior.
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¿A quién está dirigido?

Es una iniciativa para personas colombianas que tengan la necesidad y la intención de tener una relación con el régimen público de pensiones del país, administrado por Colpensiones, desde un territorio distinto al nacional.

¿Cuáles son los beneficios de cotizar a Colpensiones desde el exterior?

  1. 1
    Con los aportes que realices tienes la oportunidad de prepararte para tu retiro laboral, obteniendo cobertura por vejez, invalidez o fallecimiento, dependiendo si eres cotizante o si ya recibes tu pensión.
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    2. Tienes la posibilidad de acceder a los convenios internacionales (bilateral y multilateral) para sumar tiempos cotizados en otros países y alcanzar tu pensión, de acuerdo con el cumplimiento de requisitos.

 

¿Cuáles son los beneficios si adicionalmente me registro como colombiano en el exterior?

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    Invitaciones a capacitaciones y eventos virtuales
  2. 2
    Atención preferencial a través de nuestros canales no presenciales.
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    Agilidad y seguridad al realizar el pago de aportes con tarjetas de las franquicias Visa o Mastercard desde cualquier parte del mundo.
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    Certificado de pago de manera inmediata.

Si te encuentras en el exterior, nunca has hecho aportes a pensión, puedes afiliarte por primera vez a Colpensiones, administradora del Régimen de Prima Media. Podrás realizar cotizaciones mes a mes y recibir los beneficios del sistema pensional.

Recuerda:

La afiliación es voluntaria y en calidad de independiente, conforme a lo establecido en el artículo 2 del Decreto 682 de 2014.

Paso a paso para afiliarte por primera vez:

  1. 1
    Ingresa al enlace “Afíliate a Colpensiones por primera vez”.
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    Ingresa con tu usuario y contraseña en Portal de Colombianos en el Exterior. Si no te has registrado, hazlo, presionando el botón “Regístrate”.
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    Ingresa a “Trámites” y da clic en la opción de “Vinculación inicial”.
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    Diligencia el formulario en línea y recibe el número de radicado de la solicitud.
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    A tu correo electrónico llegará la respuesta del trámite.

Afíliate a Colpensiones por primera vez

Si tienes una afiliación en un fondo privado y quieres trasladarte a Colpensiones, puedes hacerlo desde cualquier lugar del mundo. Estos son los requisitos:

  1. 1 Estar a más de diez (10) años de la edad para pensionarte. Es decir, mujeres hasta los 46 años y hombres hasta los 51 años.
  2. 2 Haber cumplido al menos cinco años de permanencia en fondos privados.
  3. 3 Haber realizado la Doble Asesoría, con el fondo actual y con Colpensiones.

¿Que es la Doble Asesoría?

Es un mecanismo de información para todas las personas afiliadas a pensión, que brinda información sobre las diferencias entre los regímenes pensionales en Colombia, así como una simulación de tu pensión según las condiciones actuales; de este modo, puedes saber cuál alternativa te conviene más.

De igual forma, es un requisito obligatorio antes de tramitar tu traslado desde o hacia Colpensiones; debes solicitarla, tanto en el fondo privado, como con nosotros, a través de nuestros canales de atención exclusivos para ti (desliza hacia abajo y encuéntralos).

  1. 1
    Ingresa al enlace “Inicia tu solicitud de traslado a Colpensiones”.
  2. 2
    Ingresa tu usuario y contraseña. Si no te has registrado, hazlo, presionando el botón “Regístrate”.
  3. 3
    Ingresa a “Trámites” y da clic en la opción de “Traslado”
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    Diligencia el formulario en línea y conserva el número de radicado de la solicitud.
  5. 5
    A tu correo electrónico llegará la respuesta del trámite.

Recuerda

Para solicitar el traslado, es necesario cumplir con los requisitos mencionados anteriormente.

Inicia tu solicitud de traslado hacia Colpensiones

 

¿Qué es la Doble Asesoría?

La Doble Asesoría es una herramienta diseñada para aquellas personas que desean cambiar de régimen pensional (de Colpensiones a Fondos Privados o viceversa). Consiste en recibir dos asesorías: una de Colpensiones y otra del fondo privado. Este proceso te permitirá conocer las diferencias, beneficios y opciones que ofrece cada régimen, ayudándote a tomar una decisión informada sobre tu futuro pensional

 

¿Quiénes deberían hacer la Doble Asesoría?

Según la Ley Pensional 2381 de 2024, deberán realizar la Doble Asesoría todas las personas que deseen trasladarse y se encuentren en Régimen de Transición: mujeres con 750 o más semanas cotizadas y hombres con 900 o más semanas cotizadas al 30 de junio de 2025, sin importar su edad. 

Además, las personas que cumplan con estas semanas y tengan 47 años o más (mujeres) o 52 años o más (hombres) podrán beneficiarse de la Oportunidad de Traslado, lo que les permitirá cambiar de régimen pensional (de Colpensiones a Fondos Privados o al revés).

Se debe tener en cuenta que las personas que ya cumplieron la edad de pensión (57 años mujeres o 62 años hombres) también pueden beneficiarse de la oportunidad de traslado, y por ende, deben hacer la Doble Asesoría si quieren trasladarse.

Consulta tu historia laboral para verificar tus semanas cotizadas. 

 

¿Qué fechas debes tener en cuenta?

  • 30 de junio 2025: plazo límite para cumplir con los requisitos (semanas y edad) para entrar al Régimen de Transición y Oportunidad de Traslado.
  • 01 de julio 2025: entrada en vigencia del nuevo Sistema de Protección de Social para la Vejez.
  • 16 de julio 2026: plazo máximo para solicitar el traslado de régimen (Colpensiones - Fondos Privados) para quienes puedan beneficiarse de la Oportunidad de Traslado. 

 

¡Si eres colombiano en el exterior, esta información es importante!

Para los colombianos que hayan realizado aportes a pensión en el exterior, de manera voluntaria o dentro de convenios internacionales de seguridad social, el régimen de transición aplicará siempre y cuando la suma de dichos períodos complete las semanas mínimas establecidas, es decir, 750 semanas o más para las mujeres y 900 semanas o más para los hombres.

 

¿Cómo acreditas las semanas cotizadas bajo convenios internacionales?

Para saber si los afiliados cumplen con los requisitos para estar bajo el régimen de transición o para beneficiarse de la oportunidad de traslado, se tendrán en cuenta solo los periodos acreditados antes del 1 de julio de 2025, por alguna de las instituciones competentes del Estado con el que Colombia tenga un Convenio Internacional de seguridad social vigente. 

Los periodos de cotización a pensión efectuados en territorio del otro Estado Parte del Convenio deberán ser acreditados bajo el siguiente trámite:

El afiliado deberá presentar solicitud ante la Institución de Seguridad Social respectiva del Estado parte (país que hace parte del convenio) en el que se hayan efectuado las cotizaciones, la cual deberá contener: 

  • Nombre completo del afiliado.
  • Número del documento de identidad con el cual realizó las cotizaciones al Sistema General de Pensiones en Colombia.
  • La declaración de que esta certificación se solicita únicamente con fines de cumplir los requisitos del Régimen de Transición o beneficiarse de la Oportunidad de Traslado
  • La solicitud de acreditación de los periodos de cotización, aportes o aseguramiento indicando la fecha de inicio y terminación mes a mes hasta la última cotización efectiva totalizada en días.

 

La Entidad de Seguridad Social respectiva del otro Estado Parte (país que hace parte del convenio) deberá certificar dichos periodos bajo las siguientes modalidades: 

  1. 1
    A través del formulario de correlación establecido dentro del Convenio Internacional.
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    En caso de no existir formulario, con una certificación que contenga la información solicitada con los datos de la Institución que la emite.

 

Una vez proferida la certificación, esta deberá ser debidamente apostillada por el afiliado, tratándose del formulario de correlación no será necesario la apostilla.

El afiliado deberá presentar el formulario de correlación o la certificación apostillada ante la última Administradora del Sistema General de Pensiones (sistema colombiano) en la que se encuentre afiliado.

Una vez recibido el formulario de correlación o la certificación apostillada, la Administradora de Fondo de Pensiones o Colpensiones deberá informar al afiliado si cuenta con las semanas mínimas para hacer parte del Régimen de Transición y la posibilidad de hacer uso de la Oportunidad de Traslado.

 

 

 

Si estas afiliado a colpensiones y quieres retomar tus cotizaciones desde el exterior, da click a continuación:

Activa tu afiliación a Colpensiones

¿Cuáles son las prestaciones económicas a las que tengo derecho al afiliarme a Colpensiones?

Las personas afiliadas activas a Colpensiones, administradora del Régimen de Prima Media (RPM) con Prestación Definida, tienen derecho a:

  • Pensión de vejez.
  • Pensión de invalidez.
  • Indemnización sustitutiva.
  • Para sus beneficiarios: Pensión de sobrevivientes y Sustitución pensional.
  • Auxilio funerario: para quien demuestre haber sufragado los gastos exequiales.

¿Qué requisitos establece la norma para acceder a la Pensión de vejez?

En el régimen que administra Colpensiones (RPM), los requisitos para alcanzar esta prestación son:

Tiempo:
1.300 semanas cotizadas
(aprox. 26 años).

Edad
Mujeres: 57 años
Hombres: 62 años

¿Con qué porcentaje máximo me puedo pensionar?

Dependiendo del número de semanas cotizadas y de los ingresos sobre los cuales fueron hechas estas cotizaciones, es posible pensionarse máximo con el 80 % del ingreso. El monto de la pensión se calcula con el promedio de los últimos diez (10) años de cotización o el de toda la vida, el que más te convenga. Es decir que, según el monto base con el cuál hiciste los pagos a pensión, se aplican cálculos estimados para definir de cuánto sería tu mesada, y se selecciona el que sea mejor para ti.


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Fecha de publicación 30/12/2020
Última modificación 24/04/2025