La Reforma Pensional tiene una apuesta enorme
frente a la deuda histórica que tiene el Estado con las
mujeres en materia de garantías laborales, pues son
quienes menos acceden a pensión.
Por ejemplo, por cada hijo/a criado/a, (hasta
3) podrán sumar 50 semanas de cotización, que
servirán en la sumatoria total de las semanas requeridas
para obtener pensión.
Se
ha dicho mucho, pero tranquilos/as plata sí hay para
la pensión de los/as jóvenes en el futuro.
Con el actual modelo, la pensión de los jóvenes estaba
en veremos, pero, con la Reforma Pensional, se
garantizará que puedan gozar de un retiro de calidad en
el mañana.
Además, cotizar hoy a pensión no solo asegura una renta
para la vejez, también, te protege en la
actualidad si por alguna eventualidad, tienes un
accidente o falleces.
En Colombia, la población trabajadora rural
se pensiona menos. La informalidad, la inestabilidad de
ingresos en la producción agropecuaria y otros
elementos, influyen en el ahorro para la vejez.
Pero, la Reforma Pensional piensa en usted y su gran
labor en el campo colombiano. Si por algún motivo no
pudo cotizar pensión, el Pilar Solidario
le entregará un aporte a todos aquellos hombres mayores
de 65 y mujeres mayores de 60 años. Y para quienes no
han podido ahorrar de forma constante, la Reforma cuenta
con el Pilar Semicontributivo, que suma todos esos
ahorros más un aporte del Estado y establece una renta.
Actualmente, se cuenta con el programa de
Beneficios Económicos de Colpensiones - BEPS
para la población rural, en el cual usted podrá ahorrar
de manera sencilla y constante. Estos ahorros tendrán
una contribución por parte del Estado del 20%,
podrá participar del sorteo de una vivienda y contará
con un seguro de vida básico.
Esto también seguro le interesa: sabemos que no es fácil
cotizar en zonas rurales, cabeceras municipales o
centros poblados donde el trabajo se realiza por días,
influyen los ciclos de las cosechas y los ingresos se
reciben una vez se vende el producto. Por esto,
con la Reforma Pensional podrán realizar, en un solo
pago, la cotización de hasta 12 meses de un mismo año
calendario.
Tener
una renta para la vejez dejará de ser un privilegio para
convertirse en la regla general.
Hoy, Colpensiones ofrece a los trabajadores informales
el programa BEPS en el cual, de forma autónoma y
flexible, podrán ahorrar. En la edad de retiro,
el Estado colombiano sumará a esos ahorros un 20%.
En la Reforma Pensional, los trabajadores informales a
través del Pilar Semicontributivo
tendrán un beneficio económico financiado con
sus propios aportes y una contribución del Estado.
Además, contará con más beneficios:
● Seguro de vida.
● Sorteo de bono de compra o equipamiento de vivienda
por $161.000.000 (2024).
Aquí caben los/as trabajadores/as
dependientes e independientes y servidores públicos. Con
la Reforma Pensional todos/as integrarán un único
sistema de pensiones donde se complementarán los dos
regímenes: el público administrado por Colpensiones y el
privado por los fondos privados.
Si usted gana entre 1-3 SMMLV, su cotización a pensión
irá al fondo público. Pero, si gana más de 3 SMMLV, ese
excedente iría a la Administradoras de Fondos de
Pensiones (AFP) de preferencia del cotizante.
Busca
la igualdad mediante la entrega de auxilios a adultos
mayores de 65 años en hombres y 60 para las mujeres.
Protegerá a la población que no accede a una renta o
pensión e impactará a más de 2 millones de colombianos
en condición de pobreza, pobreza extrema y
vulnerabilidad.
Quiere
que todas las personas afiliadas al sistema, que no
hayan podido cumplir con los requisitos para la
pensión, tengan un aporte para su vejez. Recibirán un
beneficio económico costeado a partir de sus propios
aportes y una contribución del Estado.
Para
todos los trabajadores formales: dependientes e
independientes, servidores públicos o personas con
capacidad de pago, tiene dos componentes: el de prima
media y el de ahorro individual.
Tiene un techo de 2.3 SMMLV. Es decir, si una persona gana, por ejemplo, 4 SMMLV, lo correspondiente a 2.3 SMMLV se irán al fondo de pensiones público: Colpensiones, y el restante iría a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs) de preferencia del cotizante. También, es importante recordar que, no se modifica la edad de pensión ni en hombres (62), ni mujeres (57).
Por
último, tenemos al pilar voluntario, especial para las
personas con alta capacidad contributiva, quienes
podrán realizar un aporte adicional, para en el futuro
tener una mejor pensión para su vejez.
La
sembramos, cultivamos y cosechamos pilar por pilar con
seguridad, sostenibilidad financiera y mayor cobertura
cada uno de los colombianos/as.
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