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Aportes BEPS

Información de la pregunta
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Aportes BEPS

¿A partir de cuándo se puede comenzar a ahorrar en el programa BEPS?

Una vez realice su vinculación al Programa el gestor que realice el proceso le informará cuándo puede comenzar a realizar sus ahorros, los cuales solo deberá efectuar en los puntos de recaudo autorizados por COLPENSIONES, suministrando el número de la cédula de ciudadanía, la fecha de nacimiento (día/mes) y el valor a ahorrar.
Última modificación 13-05-2016

¿Cómo se deben realizar los ahorros?

En los puntos de recaudo autorizados por COLPENSIONES. Para consultar el punto más cercano a su lugar de residencia o de trabajo, le invitamos a visitar la sección de Red de Recaudo BEPS. Tenga en cuenta que al momento de realizar su ahorro, debe suministrar el número de la Cédula de Ciudadanía, la fecha de nacimiento (día/mes) y el valor a ahorrar. El operador del punto de recaudo le entregará un comprobante de pago, el cual será requerido en el caso de tener alguna petición, queja o reclamo ante las inconsistencias que Usted determine. *Los ahorros realizados en los puntos de recaudo no tienen costo.
Última modificación 13-05-2016

¿Cuál es el monto del ahorro máximo anual establecido para el Programa BEPS?

Para la vigencia 2017 el valor de los ahorros no podrá ser superior a $990.000, este valor será incrementado anualmente de acuerdo a lo informado por el Ministerio de Trabajo teniendo en cuenta el porcentaje de incremento anual establecido por la Comisión Intersectorial de Pensiones y Beneficios Económicos.
Última modificación 13-05-2016

¿Cuál es el monto del ahorro mínimo establecido que puede realizar el vinculado al Programa BEPS?

El vinculado puede ahorrar desde $5.000 y puede hacer durante el día varias transacciones en los puntos de recaudo autorizados. Lo importante que tenga el hábito del ahorro y la certeza de estar construyendo el capital que le permitirá tener un futuro con bienestar.
Última modificación 13-05-2016

¿Cuáles son las condiciones para realizar un ahorro al Programa BEPS?

El ahorro en este Programa de protección para la vejez es voluntario y flexible, es decir que lo puede realizar según sus capacidades económicas. El monto máximo de ahorro al Programa es de $990.000, cifra establecida para el presente año (2017) y puede hacer su ahorro desde $5.000. Entre más ahorre mayores beneficios recibe.
Última modificación 13-05-2016

¿Cuánto me cuesta un retiro?

Los retiros no tienen costo. Sin embargo es necesario tener en cuenta que el retiro del saldo acumulado en su cuenta individual solamente se podrá realizar una vez cumpla los requisitos consagrados en el artículo 11 del Decreto 604 de 2013: Cuando el vinculado si es mujer haya cumplido 57 años de edad, o si es hombre 62 años de edad. Cuando el monto de los recursos ahorrados, más el valor de los Ahorros obligatorios, más los Ahorros voluntarios al Fondo de Pensiones Obligatorio y otros autorizados por el Gobierno Nacional para el mismo propósito, no sean suficientes para obtener una pensión mínima. Cuando el monto anual del ahorros sea inferior al ahorro mínimo anual señalado para el Sistema General de Pensiones. Una vez Usted, cuente con los requisitos anteriormente señalados podrá solicitar cualquiera de las cuatro (4) destinaciones, de acuerdo a lo establecido por el articulo 3 del Decreto 2983 de 2013.
Última modificación 13-05-2016

¿Cuánto puede el vinculado aportar por anticipado, con el fin de incrementar el ahorro para años posteriores?

El ahorro en el Programa BEPS es voluntario y flexible en cuantía y periodicidad, teniendo en cuenta que no podrá superar el monto anual máximo establecido para cada vigencia ($990.000 para el año 2017). Lo anterior, según lo establecido en el Capítulo III Artículo 4 del decreto 0604 de 2013. Siendo COLPENSIONES la administradora del Programa BEPS y las diferentes redes contratadas para prestar el servicio de recaudo, las responsables de informar a la persona que ha alcanzado el monto máximo anual permitido de ahorro en cada vigencia y que no podrá seguir realizando aportes para ese mismo año. Por lo anterior, el vinculado no podrá incrementar el valor del ahorro para los años posteriores de manera voluntaria. Para los casos en los cuales los ahorros realizados superen el monto máximo establecido para cada vigencia, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 604 de 2013 Artículo 4, estos valores serán contabilizados para el año siguiente, sin que se pueda superarse el tope fijado de la vigencia a la que serán trasladados.
Última modificación 13-05-2016

¿Dónde puedo realizar mis ahorros a BEPS?

Los vinculados al Programa de Beneficios Económicos Periódicos pueden realizar sus ahorros en los puntos de la red de Recaudo autorizados por COLPENSIONES que son: puntos VÍA Baloto con presencia nacional , Red JER , Red Apuestas Unidas, Red Acertemos, Red La Perla, Red Apuestas Cúcuta 75 , Red Su Chance, Red GanaGana, Red Paga Todo y Red Gana. Le invitamos a consultar la sección de Red de Recaudo BEPS para ampliar la información sobre los puntos habilitados para realizar sus ahorros.
Última modificación 13-05-2016

¿El ahorro lo debe realizar directamente el vinculado?

No necesariamente. Los ahorros los puede efectuar a través de un tercero, siempre y cuando tenga conocimiento del número de identificación y fecha de nacimiento (día/mes) del vinculado a éste Programa de ahorro voluntario que protege a las personas cuando llegue la edad de retiro laboral.
Última modificación 13-05-2016

¿El programa BEPS cuenta con fechas límites de pago?

No. El ahorro en el Programa BEPS es voluntario y flexible y se ajusta a sus capacidades económicas, lo importante es tener el hábito de ahorro y saber que esta construyendo día a día su futuro. Teniendo en cuenta lo anterior independiente a la fecha en la cual el vinculado realice sus ahorros no generará mora, sanciones o retiro del Programa.
Última modificación 24-11-2017

¿Me crean una cuenta para llevar el registro de mis ahorros al Programa BEPS?

Si. Una vez se vincule al Programa se crea una cuenta de ahorro individual BEPS a su nombre donde se acreditan sus ahorros más las ganancias que éstos generen.
Última modificación 24-11-2017

¿Mi cuenta de ahorro individual sirve de garantía para un préstamo?

No. La cuenta de ahorro individual se crea para llevar el registro de cada uno de los ahorros realizados por el vinculado a lo largo de su permanencia en el Programa BEPS, por lo tanto no son garantía para la aprobación de préstamos.
Última modificación 24-11-2017

¿Por qué medio y cada cuánto se le informará al vinculado el estado de su cuenta?

El saldo podrá ser solicitado directamente por el vinculado al Programa a través del Línea gratuita nacional y los Puntos de Atención BEPS. Igualmente en nuestra Sección Consulta de Saldos en la página web: www.beps.gov.co Usted podrá ingresar, registrarse y consultar su estado de cuenta. Así mismo, la Administradora enviará al ciudadano vinculado su estado de cuenta a través de los medios electrónicos autorizados para tal fin.
Última modificación 24-11-2017

¿Puedo como vinculado retirar el monto del ahorro en el momento que lo requiera?

No. El vinculado al Programa de acuerdo a lo señalado por el artículo 4 del Decreto 604 de 2013, solamente podrá retirar sus ahorros al Programa una vez cumpla con los requisitos contemplados en el artículo 11 de la misma norma: Cuando el vinculado si es mujer haya cumplido 57 años de edad, o si es hombre 62 años de edad. Cuando el monto de los recursos ahorrados, más el valor de los ahorros obligatorios, más los ahorros voluntarios al Fondo de Pensiones Obligatorio y otros autorizados por el Gobierno Nacional para el mismo propósito, no sean suficientes para obtener una pensión mínima. Cuando el monto anual del ahorro sea inferior al ahorro mínimo anual señalado para el Sistema General de Pensiones.
Última modificación 24-11-2017

¿Puedo hacer transferencias desde una cuenta de nómina?

No. Para realizar el correspondiente ahorro en BEPS, el vinculado debe acercarse a las redes de recaudo autorizadas y efectuar el ahorro en efectivo.
Última modificación 24-11-2017

¿Qué pasa si los Ahorros realizados superaron el monto anual máximo permitido?

Cuando los ahorros realizados al Programa superen el valor máximo ($990.000) de los ahorros definidos para el año en curso, el valor del excedente será acreditado como ahorros para el año siguiente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del Decreto 604 de 2013.
Última modificación 24-11-2017

¿Qué porcentaje de rentabilidad tendrá el ahorro del vinculado?

La rentabilidad que obtengan los ahorros puede variar de acuerdo con las condiciones del mercado, según el Decreto 604 de 2013, que establece como un incentivo puntual el garantizar el poder adquisitivo, que consiste en que los ahorros ahorrados no se verán disminuidos por el transcurso del tiempo en que estuvieron administrados por COLPENSIONES, en caso que esto se dé, el Gobierno completará los recursos que haya lugar en la cuenta individual del vinculado, al momento en que se solicite el otorgamiento de la anualidad vitalicia.
Última modificación 24-11-2017

¿Qué soporte me entregan cuando realizo el ahorro?

Al momento de realizar el ahorro en las redes de recaudo autorizadas por COLPENSIONES le entregarán un comprobante de pago, el cual debe contener el número de identificación, nombres y apellidos completos del vinculado, valor aportado al Programa y número único de transacción. Es importante que verifique al momento de recibir el comprobante de pago si todos que los datos están correctos; conserve este comprobante como soporte válido para atender cualquier reclamación.
Última modificación 24-11-2017

¿Qué sucede si en algún momento el vinculado no puede ahorrar?

Teniendo en cuenta que BEPS es un programa de ahorro voluntario y flexible, el vinculado podrá ahorrar de acuerdo a sus capacidades económicas, sin que se genere intereses de mora, sanciones o retiro del Programa cuando no pueda ahorrar.
Última modificación 24-11-2017

¿Si coticé a pensión y no he vuelto a aportar qué pasa con esos aportes que realicé anteriormente, los puedo trasladar a una cuenta BEPS?

Si. Si el afiliado al Sistema General de Pensiones no logra obtener una pensión, puede trasladar el valor de la indemnización sustitutiva o de la devolución de saldos al Programa BEPS, de acuerdo con el Régimen Pensional al cual pertenezca. En estos casos es importante que realice la verificación de su historia laboral para establecer que se encuentren todos los periodos de cotización al Sistema General de Pensiones. De otra parte le recordamos que para trasladar el valor de la indemnización sustitutiva o la devolución de saldos (es decir los aportes hechos en pensión al Seguro Social ahora COLPENSIONES o a cualquier fondo de pensiones privado) al Programa BEPS, Usted debe cumplir los requisitos consagrados en el Artículo 11 del Decreto 604 de 2013.
Última modificación 24-11-2017

¿Tiene costo la consulta de saldo?

La consulta de saldos no le ocasiona ningún cobro, todos los gastos administrativos son cubiertos por el Presupuesto General de la Nación. En ningún caso los costos del Programa serán asumidos por los beneficiarios del mismo.
Última modificación 24-11-2017

Me acaban de liquidar en mi empresa y quiero ahorrar en BEPS la totalidad de mi liquidación que son $3.500.000 ¿Puedo realizar este Ahorro al programa BEPS?

No. De acuerdo con lo consagrado en el Capítulo III Artículo 4 del Decreto 604 se establece un ahorro anual máximo permitido que para el año 2017 por un valor de $990.000. El porcentaje de incremento anual será definido por la Comisión Intersectorial de Pensiones y Beneficios Económicos.
Última modificación 24-11-2017