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Afiliación

Información de la pregunta
Categoría:
Afiliación

¿A qué tienen derecho los trabajadores de servicio doméstico?

Si los trabajadores por días cumplen un horario de trabajo y en la prestación de su servicio se dan los elementos esenciales de la relación laboral, deben estar afiliados y cotizar al Sistema de General de Pensiones.
Última modificación 14-05-2016

¿Cómo me registro en el programa de colombianos en el exterior?

Debe realizar la preafiliación ingresando a la página web www.colpensiones.gov.co, ubicar el segmento de afiliados y hacer clic en el vinculo de preafiliación – colombianos en el exterior; a través de éste módulo se conocerá de forma inmediata si la afiliación es viable. Una vez tenga usuario y contraseña debe descargar su formulario y el instructivo para su diligenciamiento. Es importante que tenga en cuenta que una vez el sistema indique que el formulario de afiliación se encuentra correctamente diligenciado y validado, puede imprimirlo y enviarlo vía correo electrónico al correo colombianosenelexterior@colpensiones.gov.co o por correo físico a la carrera 15 No 94 - 65 Bogotá, Colombia.
Última modificación 23-11-2017

¿Cómo se afilia una persona independiente a través de una asociación agremiación o comunidad religiosa?

Se debe diligenciar el formulario de vinculación y firmarlo. La persona designada por la asociación debe firmar. Anexar fotocopia del documento de identificación del afiliado. Anexar certificación escrita que acredite la vinculación con la asociación o agremiación. Radicar los documentos en cualquier Puntos de Atención al Ciudadano PAC.
Última modificación 14-05-2016

¿Cuál es la importancia de afiliar a los trabajadores domésticos al Sistema de Seguridad Social?

Los trabajadores estarán protegidos contra los riesgos de invalidez, vejez y muerte. En caso de no estar afiliados, el empleador deberá asumir los costos de los tratamientos médicos que se deriven como consecuencia de enfermedad o accidentes, e incluso indemnizarlos o hasta pensionarlos si las circunstancias así lo ameritan
Última modificación 14-05-2016

¿Cuáles son los requisitos para afiliarme al Régimen de Prima Media, RPM, administrado por Colpensiones?

Para dependientes: Diligenciar formulario de vinculación. Firmar el formulario de vinculación por parte del empleador o la persona designada para ello en la empresa que labora y por el trabajador. Fotocopia del documento de identificación del afiliado. Radicar los documentos en cualquier Punto de Atención COLPENSIONES PAC. Para Independientes: Diligenciar formulario de vinculación. Firmar el formulario de vinculación. Presentar el documento de identificación en el Punto de Atención COLPENSIONES PAC. Radicar los documentos en cualquier Punto de Atención COLPENSIONES PAC.
Última modificación 14-05-2016

¿Es obligatoria la afiliación de los trabajadores de alto riesgo a Colpensiones?

Sí. Todos los trabajadores que desempeñan actividades de alto riesgo están obligados a afiliarse al Sistema General de Pensiones en el RPM. El empleador debe efectuar una cotización especial adicional a la prevista en la Ley 100 de 1993 del 10% adicional, a partir del 28 de julio de 2003.
Última modificación 14-05-2016

¿Las personas vinculadas mediante contrato de prestación de servicios en una entidad del Estado, están obligadas a afiliarse y cotizar al Sistema General de Pensiones?

Sí, Con la Ley 797 de enero 29 de 2003 (reglamentada por el Decreto 510 del 5 de marzo de 2003) las personas que se vinculen en la modalidad de contrato de prestación de servicios con entidades públicas o del sector privado, tienen la obligación de afiliarse y cotizar al SGP
Última modificación 14-05-2016

¿Los estudiantes están obligados a afiliarse?

únicamente los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la respectiva institución, cuyo entrenamiento o actividades formativas son requisito para la culminación de sus estudios, e involucra un riesgo ocupacional, de conformidad con la reglamentación que para tal efecto se expida
Última modificación 14-05-2016

¿Los trabajadores del servicio doméstico se deben afiliar al Sistema de General de Pensiones?

Los trabajadores del servicio doméstico, como cualquier otro trabajador deben estar afiliados al sistema de seguridad social. Esto quiere decir que el empleador debe afiliar al empleado/a del servicio una administradora de pensiones, a una EPS y a una ARP. El trabajador elige la EPS y la administradora de pensiones, y el empleador elige la ARP.
Última modificación 23-11-2017

¿Qué pasa con los trabajadores del servicio doméstico que están afiliados al Sisben?

La afiliación al Sisbén no libera al empleador de la obligación de afiliar a sus trabajadores al sistema de seguridad social integral. El Sisbén es para aquellas personas que no están trabajando.
Última modificación 23-11-2017

¿Qué pasa si el trabajador del servicio doméstico devenga un salario inferior al mínimo?

Algunos trabajadores del servicio doméstico devengan un salario inferior al mínimo, pero al momento de efectuar aportes a salud y pensión, se debe cotizar sobre un salario mínimo, luego, tanto el trabajador como el empleador deberán completar la diferencia.
Última modificación 23-11-2017

¿Qué requisitos se deben cumplir para afiliarse mediante una asociación agremiación o comunidad religiosa?

El trabajador independiente deberá demostrar su vinculación a la agremiación, asociación o comunidad religiosa mediante certificación escrita expedida por la misma, las cuales deben estar aprobadas por el Ministerio de Salud y Protección Social Radicar los documentos en cualquier Punto de Atención Colpensiones PAC
Última modificación 23-11-2017

¿Quiénes pueden solicitar la afiliación?

El empleador en el caso de los trabajadores dependientes (Artículo 11 Decreto 692 de 1994). Los trabajadores independientes. Agremiaciones y asociaciones autorizadas para afiliar colectivamente Los colombianos radicados en el exterior
Última modificación 23-11-2017

¿Una persona vinculada bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios que ya se encuentra pensionada por el RPM con Prestación Definida está obligada a cotizar a pensiones?

No. De conformidad con el Artículo 4 de la Ley 797 de 2003, la obligación de cotizar cesa al momento en que el afiliado reúna los requisitos para acceder a la pensión mínima de vejez, o cuando el afiliado se pensione por invalidez o anticipadamente. Lo anterior significa que un pensionado que en la actualidad se vincule bajo la modalidad de prestación de servicios no deberá cotizar al Sistema General de Pensiones.
Última modificación 23-11-2017

A partir de la expedición de la Ley 797 de 2003, ¿todos los servidores públicos son afiliados obligatorios al RPM?

No. Sólo quienes ingresen por primera vez al sector público en cargos de carrera administrativa así sea en cargos provisionales, deberán obligatoriamente afiliarse al RPM (Artículo 2 Decreto 510/2003).
Última modificación 23-11-2017

Me encuentro en el programa de Colombianos en el Exterior, ¿me pueden notificar por medio de correo de electrónico?

Se informa que de acuerdo con el artículo 56 de la ley 1437 de 2011, usted puede ser notificado de resolución que resuelve su solicitud de reconocimiento a través de medios electrónicos. Para tal fin, puede enviar la autorización y aceptación de la notificación por este medio, al correo colombianosenelexterior@colpensiones.gov.co, único canal autorizado por Colpensiones para residentes fuera del territorio nacional.
Última modificación 23-11-2017

Si al trabajador del servicio doméstico le pagan una parte en especie, cómo se deben efectuar los aportes a seguridad social en estos casos?

Es normal que a los trabajadores del servicio doméstico se les pague una parte de su sueldo en especie [vivienda y alimentación]. Si se ha pactado que esos pagos no constituyen salario, no se aporta seguridad social sobre ellos, pero teniendo claro que en cualquier caso, la base de cotización no puede ser inferior al salario mínimo.
Última modificación 23-11-2017

Si vivo en el exterior ¿puedo afiliarme o seguir realizando aportes a Colpensiones?

Sí, existe la posibilidad que los colombianos residentes en el exterior puedan afiliarse y realizar aportes al Sistema General de Pensiones o continuar con los aportes que en algún momento efectuaron en Colombia, por intermedio del programa Colpensiones en el exterior.
Última modificación 23-11-2017

Si vivo en el exterior ¿puedo afiliarme o seguir realizando aportes a Colpensiones?

Sí, existe la posibilidad que los colombianos residentes en el exterior puedan afiliarse y realizar aportes al Sistema General de Pensiones o continuar con los aportes que en algún momento efectuaron en Colombia, por intermedio del programa Colpensiones en el exterior.
Última modificación 23-11-2017