Financiación de pensión
May 05, 2016
| Bonos Pensionales Los Bonos Pensionales son títulos de deuda pública destinados a contribuir a la conformación del capital necesario para financiar las pensiones de los afiliados a los dos regímenes existentes en el Sistema General de Pensiones (Régimen de Prima Media con Prestación Definida y Régimen de Ahorro Individual).
La cuota parte pensional es un mecanismo de financiamiento para pensiones otorgadas a servidores públicos por invalidez, vejez y muerte y su proporción se determina a prorrata del tiempo laborado en las respectivas entidades empleadoras públicas. El monto de la pensión se distribuye en proporción al tiempo servido en cada una de las entidades en que laboró. El cálculo se determina con base en el valor de la mesada pensional por el total del tiempo aportado a la entidad respectiva sobre el tiempo total de aportes. Este valor resultante se divide sobre el valor de la mesada pensional, para determinar el porcentaje de la concurrencia. Cálculo Actuarial por Omisión del Sector Público Es la posibilidad de trasladar al Sistema General de Pensiones una reserva actuarial en aquellos casos en que el empleador omitió el deber de afiliar a sus trabajadores. Con este cálculo se pretende que esas semanas se contabilicen para todos los efectos prestacionales, inclusive si éstas corresponden a períodos anteriores a la vigencia del referido sistema. Para efectos de la proyección de estos cálculos actuariales, no se señala expresamente a quién corresponde su elaboración, sin embargo se entiende que esta labor corresponde al empleador con el apoyo de COLPENSIONES que será la que recibirá el pago respectivo “a satisfacción”. Son prestaciones económicas que se reconocen con tiempos de cotización únicamente bajo el Régimen de Prima Media con Prestación Definida - RPM, bajo el Decreto 758/90, así el afiliado haya laborado en entidades públicas antes de la entrada del Sistema General de Pensiones el 1 de abril de 1994. Esa devolución la recibe únicamente COLPENSIONES. Títulos Pensionales Son títulos valores expedidos por las Empresas del sector privado que tenían a su cargo el pago y reconocimiento de pensiones, antes de la expedición de la Ley 100 de 1993. Corresponde al cálculo de la reserva actuarial o cálculo actuarial que deben trasladar al Régimen de Prima Media las empresas o empleadores del sector privado que, con anterioridad a la vigencia del Sistema General de Pensiones, tenían a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones, en relación con sus trabajadores que seleccionen el Régimen de Prima Media-RPM y cuyo contrato de trabajo estuviere vigente al 23 de diciembre de 1993 o se hubiere iniciado con posterioridad a dicha fecha. El Título Pensional para el afiliado representa número de semanas válidas para la pensión, y para el RPM representa dinero que va a entrar al Fondo Común para financiar pensiones. Si la persona se traslada del Régimen de Prima Media-RPM a un Fondo Privado, se endosa el Título Pensional, el cual ingresará al Fondo Privado a su cuenta de ahorro individual. Si esta persona se devuelve al Régimen de Prima Media-RPM, el Fondo Privado endosa nuevamente el Título y se lo retorna al RPM. Cálculos Actuariales para Convalidación de Semanas
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Fecha de publicación 24/02/2012
Última modificación 05/05/2016
Fecha de publicación 24/02/2012
Última modificación 05/05/2016