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Pensiones en Colombia se reajustan en 2026: más del 60 % suben con el salario mínimo y el resto con la inflación

Pensiones en Colombia se reajustan en 2026: más del 60 % suben con el salario mínimo y el resto con la inflación
Ene 29, 2026
  • El ajuste es automático, no requiere trámites y aplica desde la nómina de enero, conforme con la Ley 100 de 1993.

 

 

Bogotá D.C., 28 de enero de 2026. Las mesadas pensionales en Colombia se reajustan cada año de manera automática, con el objetivo de proteger el poder adquisitivo de los pensionados frente al aumento del costo de vida. Para 2026, el incremento se aplica desde la nómina del mes de enero y no requiere ningún trámite por parte de los beneficiarios. Así lo indicó el presidente de la entidad, Dr. Jaime Dussán Calderón, quien aseguró que la normativa vigente establece dos escenarios de incremento, dependiendo del valor de la mesada que recibe cada pensionado.

 

“Las pensiones que en 2025 correspondían a un (1) Salario Mínimo Mensual Legal Vigente se incrementan en 2026 en el mismo porcentaje en que el Gobierno Nacional fijó el salario mínimo. En consecuencia, estas mesadas quedan ajustadas al valor vigente para 2026, es decir, $1.750.905, garantizando que ninguna pensión esté por debajo de este monto”, señaló.

 

Dijo que “las mesadas que superan un (1) salario mínimo se reajustan con base en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) certificado para el año anterior. Para 2026, este incremento corresponde al 5,1 %, con el fin de conservar el poder adquisitivo de los pensionados”.

 

En Colpensiones, el 60,8 % de las prestaciones se ajustan con base en el salario mínimo, mientras que el 39,2 % restante se incrementa conforme al IPC. Este reajuste aplica a todas las modalidades de pensión: vejez, invalidez y sobrevivencia.

La Ley garantiza que ninguna pensión puede ser inferior al salario mínimo legal. Por ello, las mesadas que al aplicarse el IPC quedaran por debajo del salario mínimo vigente en 2026 son automáticamente ajustadas a dicho valor.

 

Las mesadas adicionales, conocidas como mesada 13 y mesada 14, también, se reajustan con el incremento correspondiente del año, según las mismas reglas aplicables a la mesada ordinaria. Es importante recordar que la mesada 14 solo aplica en algunos casos de pensionados.


Los descuentos por aportes a salud se mantienen diferenciados según el valor de la mesada: 4 % para quienes reciben un salario mínimo; 10 % para quienes devengan entre más de uno y hasta tres salarios mínimos; y 12 % para mesadas superiores a tres salarios mínimos.


Los pensionados pueden verificar el incremento aplicado en su desprendible de pago a partir de enero de 2026, así como en los certificados disponibles en la página web de Colpensiones y en los Puntos de Atención al Ciudadano.

 

Este reajuste anual de las pensiones está fundamentado en el artículo 14 de la Ley 100 de 1993 y en el artículo 41 del Decreto 692 de 1994, que establecen el incremento automático de las mesadas y las reglas diferenciadas según su valor.

 


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Fecha de publicación 29/01/2026
Última modificación 29/01/2026