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¿Cuál es el valor del aporte?

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¿Cuál es el valor del aporte?

Empleador o Contratante

Los empleadores o contratantes que tengan a su cargo empleados o contratistas que devengan menos de un salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) , deberán aportar el 15% sobre los ingresos devengados durante el mes de los empleados o contratistas a su cargo.

Trabajador independiente o por cuenta propia

Los trabajadores independientes con ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) deberán hacer sus aportes sobre el 15% de sus ingresos mensuales devengados.

Es importante tener en cuenta que, en este caso, el aporte debe ser realizado por el trabajador a través de los operadores PILA. Es decir que los dineros que aportará para la protección de su vejez saldrán de sus ingresos mensuales.

Los empleadores o contratantes que tengan a su cargo empleados o contratistas que devengan menos de un salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV), deberán aportar el 15% sobre los ingresos devengados durante el mes de los empleados o contratistas a su cargo.

Los trabajadores independientes con ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) deberán hacer sus aportes sobre el 15% de sus ingresos mensuales devengados.

Es importante tener en cuenta que, en este caso, el aporte debe ser realizado por el trabajador a través de los operadores PILA. Es decir que los dineros que aportará para la protección de su vejez saldrán de sus ingresos mensuales.

Es decir, si devenga $100.000* al mes, el aporte que corresponde al 15% será de $15.000.

*Valores discriminados en pesos colombianos

¿Cómo se distribuye el aporte?

El valor que se consigna a Piso de Protección Social y que se ahorra en la cuenta individual de BEPS, se distribuye de la siguiente manera.

Calculado sobre
los ingresos mensuales

  • 14 puntos se destinan para la protección de la vejez con la vinculación al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos – BEPS.
  • Y el punto restante para el Seguro para riesgos.

Es decir, 14 puntos del aporte se abonarán en la cuenta BEPS y serán los recursos con los que el trabajador podrá proteger su vejez cuando llegue a la etapa de retiro y a su vez, serán los ahorros que le permitirán disfrutar de los beneficios que hoy ofrece el programa BEPS para sus vinculados.

El punto restante será destinado a la prima del Seguro para riesgos.