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Tipos de pensiones

_APRENDE SOBRE PENSIONES

Tipos de pensiones

Pensión de vejez

Disfruta de una vejez digna y tranquila de la mano de Colpensiones. Para obtenerla debes tener:

 

Tiempo:
1.300 semanas cotizadas
(aprox. 26 años).

Edad
Mujeres 57 años
Hombres a los 62 años

Más información: GovCo

Pensión de invalidez

En caso de sufrir un accidente de origen no laboral por el cual pierdas 50% o más de tu capacidad física o mental, estarás protegido con un ingreso de por vida.

Más información: GovCo

Pensión de sobrevivencia

En caso de que tú fallezcas tus beneficiarios podrán recibir una pensión, gracias a las cotizaciones que hayas realizado. O, en caso de que fallezca alguno de tus familiares, puedes ser el beneficiario de ese ingreso.

Más información: GovCo

Es la suma de los esfuerzos de los cónyuges o compañeros permanentes para recibir una pensión de 1 salario mínimo, cuando cumplen con la edad de retiro, pero no tienen suficientes semanas cotizadas para pensionarse individualmente.

¿Y si nos separamos?:

En caso de separación, la pensión se distribuye por partes iguales. Si alguno fallece, la pensión cubre al cónyuge o compañero, y a sus hijos, si los hay.


Conoce los requisitos para obtenerla:

  • Los dos miembros de la pareja deben estar afiliados al mismo régimen pensional, ya sea al Régimen de Prima Media (RPM) Administrado por Colpensiones o al Régimen de Ahorro Individual (RAIS) administrado por los fondos privados.
  • Pertenecer a los cohortes A1 a A5, o B1 a B7, o C1 a C12 del Sisbén IV.
  • Al cumplir 45 años, ambos deben haber cotizado mínimo el 25% de las semanas requeridas para acceder a la pensión de vejez ordinaria.
  • La suma de los tiempos cotizados por ambos debe ser igual o mayor a 1.300 semanas.
  • Cada uno debe tener la edad mínima para el reconocimiento de pensión de vejez: 57 años mujeres y 62 años hombres.
  • Acreditar la convivencia como cónyuges o compañeros permanentes durante los 5 años anteriores a la presentación de la solicitud.

Más información: GovCo

Disfruta de una vejez digna y tranquila de la mano de Colpensiones. Para obtenerla debes tener:

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Tiempo:
1.300 semanas cotizadas
(aprox. 26 años).

Edad
Mujeres 57 años
Hombres a los 62 años

Más información: GovCo

En caso de sufrir un accidente de origen no laboral por el cual pierdas 50% o más de tu capacidad física o mental, estarás protegido con un ingreso de por vida. Conoce los requisitos ingresando aquí.

Más información: GovCo

En caso de que tú fallezcas tus beneficiarios podrán recibir una pensión, gracias a las cotizaciones que hayas realizado. O, en caso de que fallezca alguno de tus familiares, puedes ser el beneficiario de ese ingreso.

Más información: GovCo

Es la suma de los esfuerzos de los cónyuges o compañeros permanentes para recibir una pensión de 1 salario mínimo, cuando cumplen con la edad de retiro, pero no tienen suficientes semanas cotizadas para pensionarse individualmente.

¿Y si nos separamos?:

En caso de separación, la pensión se distribuye por partes iguales. Si alguno fallece, la pensión cubre al cónyuge o compañero, y a sus hijos, si los hay.


Conoce los requisitos para obtenerla:

  • Los dos miembros de la pareja deben estar afiliados al mismo régimen pensional, ya sea al Régimen de Prima Media (RPM) Administrado por Colpensiones o al Régimen de Ahorro Individual (RAIS) administrado por los fondos privados.
  • Pertenecer a los cohortes A1 a A5, o B1 a B7, o C1 a C12 del Sisbén IV.
  • Al cumplir 45 años, ambos deben haber cotizado mínimo el 25% de las semanas requeridas para acceder a la pensión de vejez ordinaria.
  • La suma de los tiempos cotizados por ambos debe ser igual o mayor a 1.300 semanas.
  • Cada uno debe tener la edad mínima para el reconocimiento de pensión de vejez: 57 años mujeres y 62 años hombres.
  • Acreditar la convivencia como cónyuges o compañeros permanentes durante los 5 años anteriores a la presentación de la solicitud.

Más información: GovCo

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