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Bonos Pensionales

Información de la pregunta
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Bonos Pensionales

¿A quién se entrega el bono pensional?

Los bonos pensionales NO tienen como destino una persona, sino que dependen del régimen pensional al cual se encuentre afiliado. Si la persona está en el RPM se trata de bonos tipo B y T y tienen como destino el fondo común del RPM Si la persona está afiliada al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, se trata de un bono A, y van a la cuenta de ahorro individual de cada persona. Si la persona está afiliada al Fondo del Congreso, se trata de bonos tipo C; y tienen como destino el fondo común administrado por el Fondo del Congreso. Si la persona está vinculada a ECOPETROL con posterioridad al 31 de marzo de 1994, se trata de Bonos tipo E y se destinan a ECOPETROL.

Última modificación 13-05-2016

¿A quiénes de emiten los bonos C Modalidad 1?

Se emiten a los servidores públicos afiliados a Fondo de Previsión Social del Congreso Fonprecon que: No tienen calidad de congresistas. Se trasladan a Fonprecon después del 31 de marzo de 1994.
Última modificación 13-05-2016

¿A quiénes de emiten los bonos C modalidad 2?

Se emiten a los servidores públicos afiliados a FONPRECON que: a. Se trasladan al Fonprecon con posterioridad al 31 de marzo de 1994. b. Tengan o hayan tenido calidad de congresistas. c. Reúnan requisitos para pensionarse en calidad de congresistas teniendo en cuenta si son: Congresistas beneficiarios del régimen de transición de congresistas (RT) Congresistas afiliados al Régimen General de Pensiones (RG)
Última modificación 13-05-2016

¿Bajo qué circunstancias se entregan o EXPIDEN los bonos pensionales tipo A emitidos al depósito centralizado de valores?

La entrega de bonos pensionales tipo “A” o cuotas partes de bonos pensionales a los Depósitos Centralizados de Valores se da, cuando se opta por la expedición desmaterializada, en los siguientes casos: Por redención normal de un bono pensional tipo A emitido, la entrega se efectuará dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de redención. Por redención anticipada de un bono pensional tipo A emitido, la entrega se efectuará dentro del mes siguiente a la solicitud de redención por parte de la administradora. Cuando un afiliado al RAIS solicita la pensión anticipada debe negociar su bono pensional, para completar el capital necesario para obtener la pensión. Para que un bono o cupón de bono pensional se pueda negociar debe ser EXPEDIDO previamente. Si una persona va a negociar un bono o cupón de bono, solicita por intermedio de su AFP la entrega a un Depósito Central de Valores. En este caso el emisor entregará el bono al Depósito Centralizado de Valores dentro del mes siguiente a la solicitud. A partir de la entrega, el costo de administración y custodia desmaterializada del bono pensional estará a cargo de la administradora que solicitó su expedición.
Última modificación 13-05-2016

¿Cajanal emite bonos pensionales?

No, Cajanal no emite Bonos Pensionales. La Nación emite en su nombre. Cajanal participa con cuotas partes pensionales en pensiones otorgadas por otras entidades. Si una pensión del RPM se financia con cuota parte pensional y Cajanal participa en dicha pensión, entonces Cajanal tiene que reconocer esa cuota parte pensional.
Última modificación 13-05-2016

¿Cómo es la Emisión de los bonos pensionales tipo E?

ECOPETROL, en calidad de administradora remite la liquidación provisional del bono con sus soportes al emisor. El Emisor emite el bono dentro del mes siguiente, si la solicitud fue aprobada. El bono E se redime únicamente si la persona se pensiona en ECOPETROL. Los bonos E no son negociables. El emisor es el último empleador o entidad pagadora de pensiones.
Última modificación 13-05-2016

¿Cómo se financian las pensiones en el RPM?

Las pensiones en el RPM se financian de cinco (5) formas: Con recursos 100% del Fondo Común del RPM. Para los trabajadores que durante toda su vida laboral aportaron al RPM. Con cuota parte pensional. Para aquellos trabajadores que pudiendo ser empleados públicos del orden nacional o territorial se trasladaron al RPM antes del 1º de abril de 1994. Con bono pensional tipo B. Para aquellos trabajadores públicos del orden nacional o territorial que se trasladaron al RPM después del 1º de abril de 1994. Con bono pensional tipo T. Para aquellos trabajadores públicos el orden nacional o territorial cuyos empleadores públicos le efectuaron aportes al RPM para una pensión de IVM en el Sistema General de Pensiones. Con título pensional. Para aquellos trabajadores que después del 1º de abril de 1994, seleccionaron el RPM, y que el 23 de diciembre de 1993 estaban laboralmente activos en empresas privadas que tenían a cargo sus propias pensiones.
Última modificación 13-05-2016

¿Cómo se llaman los bonos pensionales que se emiten para financiar las pensiones de los afiliados al RPM?

Los bonos pensionales que se emiten para financiar las pensiones del RPM se conocen como bonos pensionales tipo B y bonos pensionales tipo T.
Última modificación 13-05-2016

¿Cuál es el archivo laboral masivo válido para la emisión de bonos pensionales tipo A?

El único archivo laboral masivo válido para la emisión de bonos pensionales, será el entregado por el RPM, a la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público debidamente certificado por el representante legal de Colpensiones.
Última modificación 13-05-2016

¿Cuál es el procedimiento para expedir los bonos es tipo C y E?

Los bonos pensionales y cuotas partes de bonos tipo C y tipo E tienen el mismo tratamiento de los bonos tipo B.
Última modificación 13-05-2016

¿Cuáles son las características de los bonos pensionales tipo A en los Fondos Privados de Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad?

a.Se expresan en pesos (moneda legal colombiana). b.Se expiden a nombre de cada afiliado. c.Son negociables en el evento que el afiliado haya optado por una pensión anticipada. d.Devengan una tasa de interés equivalente al IPC + 3% ó 4% dependiendo de la fecha de traslado al Régimen de Ahorro Individual: Si el traslado ocurrió a partir del 1 de enero de 1999: IPC + 3%, Si el traslado ocurrió con anterioridad al 1º de enero de 1999: IPC + 4% e.Se pueden redimir anticipadamente por: Invalidez, Muerte de los afiliados, Cuando se cumplan los requisitos de edad 62 años hombres o 57 años mujeres, pero no hayan cumplido el tiempo de cotización necesario para la garantía de pensión mínima, ni tengan el capital suficiente para obtener una pensión mínima del 110% de un (1) salario mínimo, demostrando que no están laborando y que no tienen otros ingresos.
Última modificación 13-05-2016

¿Cuáles son los estados de un bono pensional tipo B?

Los estados del proceso de emisión (reconocimiento) de un bono pensional tipo B, son: Liquidación provisional. Emisión (siempre se trata de una resolución o un acto administrativo). Redención (coincide con la fecha de la resolución por la cual Colpensiones concede la prestación económica). Pago (fecha de la resolución que ordena el pago al Colpensiones).
Última modificación 13-05-2016

¿Cuándo aplica un bono pensional tipo T?

Aplica para aquellos servidores públicos cuyos empleadores aportaban al RPM, para cubrir la diferencia entre una pensión del Sistema General de Pensiones y una pensión de transición.
Última modificación 13-05-2016

¿Cuántas clases de bonos pensionales hay?

En la actualidad existen cinco (5) clases de bonos pensionales a saber: Bonos tipo A: se expiden a aquellas personas que se trasladan del Régimen de Prima Media al Régimen de Ahorro Individual. Por los aportes cotizados al ISS hasta el 31 de marzo de 1994 responde la Nación y por los aportes cotizados al ISS a partir del 1 de abril de 1994 hasta la fecha de traslado de régimen, responde Colpensiones. Bonos tipo B: son exclusivos del Régimen de Prima Media con prestación definida, y corresponden a aportes efectuados a otras cajas o fondos diferentes al ISS de servidores por tiempos laborados en entidades públicas que no le aportaron al ISS de servidores públicos que se trasladaron al ISS en o después de la fecha de entrada en vigencia del Sistema General de Pensiones, esto es 1 de abril de 1994 para entidades del orden nacional y 1 de julio de 1995, para entidades públicas del orden territorial. Bonos tipo T: son exclusivos del Régimen de Prima Media con Prestación Definida, para cubrir el diferencial existente entre las condiciones previstas en los regímenes legales aplicables a los servidores públicos antes de la entrada en vigencia del sistema general de pensiones y el régimen previsto para los afiliados al ISS con el fin de que el RPM pueda realizar el reconocimiento de una pensión con régimen de transición a servidores públicos. Bonos tipo C: se reconocen a favor del Fondo de Previsión del Congreso, por aquellas personas que estando en el RPM se trasladaron o afiliaron al Congreso con posterioridad al 31 de marzo de 1994. Bonos tipo E: se reconocen a favor de Ecopetrol, por aquellas personas que estando en el RPM se trasladaron o afiliaron a Ecopetrol.
Última modificación 13-05-2016

¿El bono tipo A bajo qué modalidades se presenta?

El bono tipo A; tiene dos modalidades, dependiendo de la historia laboral de cada persona: Modalidad 1: bonos expedidos a favor de los trabajadores cuya primera vinculación laboral válida para bono pensional se inició después del 30 de junio de 1992. Modalidad 2: bonos expedidos a favor de los trabajadores cuya primera vinculación laboral válida para bono pensional se inició antes del 1 de julio de 1992. Modalidad 2 y Modalidad 1: bonos emitidos a favor de los servidores públicos que a la entrada en vigencia el Sistema General de Pensiones se encontraban laborando con una entidad del orden territorial, esto es, 30 junio de 1995, y con posterioridad a dicha fecha se trasladaron al RPM y después dentro del tiempo establecido en la norma, decidieron trasladarse a un fondo privado. La Nación asume el Bono A modalidad 2 por periodos cotizados al RPM hasta el 31 de marzo de 1994 y el RPM asume un Bono A modalidad 1 por tiempos cotizados al RPM a partir del 1 de abril de 1994 hasta la fecha de traslado al Régimen de Ahorro Individual.
Última modificación 13-05-2016

¿El valor del título se entrega al asegurado?

No. El título se entrega a la administradora del RPM para que reconozca y pague la respectiva pensión.
Última modificación 13-05-2016

¿En qué casos la Nación emite Bonos B?

Cuando la última entidad donde cotizó antes de trasladarse al ISS fue CAJANAL, emite la Nación. Cuando la última entidad donde laboró o cotizó ha sido asumida por el Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional FOPEP. En esos casos Colpensiones debe solicitar el bono pensional a la Nación, y la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda emite el Bono.
Última modificación 13-05-2016

¿En qué casos las pensiones del RPM se financian con bono pensional especial tipo T y cuota parte pensional?

Para aquellas pensiones de servidores públicos que laboraron con entidades empleadoras públicas que le aportan al ISS (para una pensión reconocida con Ley 33 de 1985) , se financiará con bono Pensional Tipo T y los periodos en los cuales no efectuaron cotizaciones al ISS, se financiará con cuota parte pensional.
Última modificación 13-05-2016

¿En qué consiste la desmaterialización de los bonos pensionales tipo A?

Los bonos pensionales se pueden EXPEDIR de forma materializada o desmaterializada. La desmaterialización ocurre cuando las características y valor del bono no constan en un documento físico con firma del emisor, sino que se conservan en archivos informáticos bajo custodia de una entidad legalmente autorizada para ello. Esa entidad que custodia los bonos emitidos es un depósito central de valores. Todos los bonos emitidos por la Nación se expiden desmaterializados. Los emitidos por otras entidades, públicas o privadas, pueden serlo, si así lo determina el Emisor
Última modificación 13-05-2016

¿En qué momento el RPM cobra el título pensional a la empresa que emitió el título?

Cuando la persona llega a la edad de pensión y en la medida que se van venciendo, el RPM los hace efectivos enviando cuenta de cobro al empleador, actualizando los valores con corrección monetaria.
Última modificación 13-05-2016

¿En qué momento se pueden negociar los bonos pensionales tipo A en el mercado secundario de valores o bolsas de valores?

Los bonos pensionales Tipo "A" se pueden negociar en el mercado secundario por el afiliado, por medio de la administradora que lo representa, cuando el beneficiario manifieste que quiere pensionarse antes de la fecha de redención del bono y con el fin de completar el capital necesario para optar por una de las modalidades de pensión. Para tal efecto, se requerirá la autorización expresa y por escrito del afiliado. La negociación del bono pensional solo podrá efectuarse en las bolsas de valores.
Última modificación 13-05-2016

¿Hay lugar a bono pensional tipo B y T para las personas afiliadas a Cajanal?

No. Si la persona está afiliada a Cajanal, no procede bono pensional, toda vez que Cajanal financia las pensiones con cuotas partes pensionales.
Última modificación 13-05-2016

¿Las empresas privadas que tenían a cargo sus propias pensiones emiten Bonos B?

Las empresas privadas no pueden emitir Bonos pensionales tipo B. En su lugar emiten Títulos Pensionales.
Última modificación 13-05-2016

¿Las indemnizaciones sustitutivas se financian con bono pensional?

Las indemnizaciones sustitutivas NO se financian con bono pensional. En el evento que una persona haya laborado en entidades empleadoras públicas que no le aportaban al RPM, debe dirigirse directamente a dichas entidades para que le devuelvan los aportes.
Última modificación 13-05-2016

¿Qué ciudadanos NO tienen Derecho al bono pensional tipo A?

No tendrán derecho al bono pensional tipo A, los afiliados que se encuentran gozando de una pensión (excepto de accidente de trabajo o enfermedad profesional o de sobrevivencia) otorgada por el RPM con prestación definida. Tampoco tienen derecho a bono pensional quienes durante su vida laboral antes del traslado o selección de régimen siempre cotizaron y dichas cotizaciones no llegan a 150 semanas.
Última modificación 13-05-2016

¿Qué documentos tiene en cuenta el RPM para el financiamiento de una pensión con bono pensional tipo B y T?

El documento de identidad del afiliado. Registro civil de nacimiento y/o partida de bautismo del afiliado. Las certificaciones laborales expedidas en el formato No. 1 expedido por los Ministerios de Protección Social, y Hacienda y Crédito Público, el cual se puede descargar de la página web del Ministerio de Hacienda www.minhacienda.gov.co La historia laboral del RPM. Formato No. 2 La certificación de salario base (junio 30 de 1992, o la inmediatamente anterior si a dicha fecha se encontraba laboralmente inactivo) en el formato No. 3 expedido por los Ministerios de Protección Social y Hacienda y Crédito Público, el cual se puede descargar de la página web del Ministerio de Hacienda www.minhacienda.gov.co El cálculo de salario a fecha base (junio 30 de 1992 más el promedio de los demás factores salariales del año inmediatamente anterior). Declaración del afiliado de no estar afiliado a otra administradora de pensiones ni estar percibiendo otra pensión.
Última modificación 13-05-2016

¿Qué entidades pueden emitir los bonos B y T?

Por principio los bonos B y T los emiten únicamente entidades públicas, sea del orden nacional o territorial. En el país hay más de 1.600 potenciales emisores de bonos B y T. Casi todos los municipios y departamentos son potencialmente emisores de bonos B y T.
Última modificación 13-05-2016

¿Qué entidades y personas participan en la emisión de bonos pensionales tipo A?

Las pensiones que se pueden financiar con bono pensional, son las pensiones otorgadas por Colpensiones (RPM), por el Fondo de Previsión Social del Congreso, por ECOPETROL y por el Régimen de Ahorro Individual administrado por los Fondos Privados.
Última modificación 13-05-2016

¿Qué es un bono pensional?

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 3 de la Ley 797 de 2003, una persona que se encuentre afiliada al Sistema General de Pensiones deberá también estar afiliada al Sistema General de Salud, y la base de cotización para el Sistema General de Pensiones deberá ser la misma que la base de cotización para el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Última modificación 13-05-2016

¿Qué pensiones se pueden financiar con bonos pensionales?

Las pensiones que se pueden financiar con bono pensional, son las pensiones otorgadas por Colpensiones (RPM), por el Fondo de Previsión Social del Congreso, por ECOPETROL y por el Regimen de Ahorro Individual administrado por los Fondos Privados.

Última modificación 13-05-2016

¿Qué representa un bono B y T para una persona que se va a pensionar en el RPM?

Tienen derecho a bono pensional los afiliados que con anterioridad a su traslado al régimen de ahorro individual con solidaridad cumplan alguno de los siguientes requisitos: Que hubiesen efectuado cotizaciones al Instituto de Seguros Sociales, o a las cajas o fondos de previsión del sector público, por un total igual o superior a 150 semanas. Y/o que hubiesen estado vinculados al Estado o a sus entidades descentralizadas como servidores públicos con o sin cotizaciones para pensiones. Si hubo cotizaciones, el total de cotizaciones de toda su vida laboral antes del traslado o selección de régimen debe sumar 150 semanas. Y/o que a 23 de diciembre de 1993 estén vinculados mediante contrato de trabajo con empresas que tenían a su cargo el reconocimiento y pago de las pensiones. Y/o que hubiesen estado afiliados a cajas de previsión del sector privado que tuvieren a su cargo exclusivo el reconocimiento y pago de pensiones. Si una persona tuvo tiempos cotizados y tiempos laborados sin cotizaciones y el total de los tiempos cotizados no suma 150 semanas, tiene derecho a bono pensional únicamente sobre los tiempos no cotizados.
Última modificación 13-05-2016

¿Qué requisitos deben tener los ciudadanos para obtener el derecho al bono pensional tipo A cuando se trasladan al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad?

Tienen derecho a bono pensional los afiliados que con anterioridad a su traslado al régimen de ahorro individual con solidaridad cumplan alguno de los siguientes requisitos: -Que hubiesen efectuado cotizaciones al Instituto de Seguros Sociales, o a las cajas o fondos de previsión del sector público, por un total superior a 150 semanas. -Y/o que hubiesen estado vinculados al Estado o a sus entidades descentralizadas como servidores públicos con o sin cotizaciones para pensiones. Si hubo cotizaciones, el total de cotizaciones de toda su vida laboral antes del traslado o selección de régimen debe sumar 150 semanas. -Y/o que a 23 de diciembre de 1993 estén vinculados mediante contrato de trabajo con empresas que tenían a su cargo el reconocimiento y pago de las pensiones. -Y/o que hubiesen estado afiliados a cajas de previsión del sector privado que tuvieren a su cargo exclusivo el reconocimiento y pago de pensiones. -Si una persona tuvo tiempos cotizados y tiempos laborados sin cotizaciones y el total de los tiempos cotizados no suma 150 semanas, tiene derecho a bono pensional únicamente sobre los tiempos no cotizados.
Última modificación 13-05-2016

¿Qué son títulos pensionales y por qué se emiten?

Son títulos valores -pagarés- que corresponden al valor del pasivo pensional acumulado por las Empresas que tenían a su cargo el pago y reconocimiento de pensión antes de la expedición de la Ley 100 de 1993. Los pagarés permiten que el RPM reconozca las pensiones teniendo en cuenta los tiempos laborados y no cotizados a favor de trabajadores cuyo empleador respondía por sus propias pensiones.
Última modificación 13-05-2016

¿Quién emite un bono B?

Los bonos B los emite la última entidad pública donde la persona haya laborado o cotizado antes de trasladarse al ISS, sin importar el tiempo de vinculación con dicha entidad.
Última modificación 13-05-2016

¿Quién emite un Bono T?

El emisor se determina como en un bono pensional tipo B: El bono lo emite el último empleador o entidad pagadora de pensiones. Si hubiere varios, por aquél con quien el trabajador tuvo vinculación más larga. IMPORTANTE: Los bonos tipo C se emiten y redimen simultáneamente dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que FONPRECON comunica el reconocimiento de la pensión. Bonos pensionales tipo "E". En general se asume que los bonos pensionales tipo E se comportan bajo las mismas reglas de los bonos pensionales tipo B
Última modificación 13-05-2016

¿Quién es el emisor del Bono C Modalidad 2?

El emisor se determina como en un bono pensional tipo B: -El bono lo emite el último empleador o entidad pagadora de pensiones. -Si hubiere varios, por aquél con quien el trabajador tuvo vinculación más larga. IMPORTANTE: Los bonos tipo C se emiten y redimen simultáneamente dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que FONPRECON comunica el reconocimiento de la pensión. Bonos pensionales tipo “E” En general se asume que los bonos pensionales tipo E se comportan bajo las mismas reglas de los bonos pensionales tipo B
Última modificación 13-05-2016

¿Quién solicita los bonos B y T?

Colpensiones, es la única administradora de pensiones que solicita los bonos B y T a las entidades empleadoras públicas concurrentes. Cuando una persona radica su solicitud de pensión en un Punto de Atención Colpensiones PAC, se estudia la historia laboral que aportó el solicitante y a partir de ella se decide cómo se va a financiar la pensión. Si dicha pensión se va a financiar con bono pensional, entonces el RPM le comunica a los concurrentes del Bono.
Última modificación 13-05-2016

¿Quiénes tienen derecho a bono pensional tipo E?

Quienes se trasladen o se hayan trasladado a ECOPETROL con posterioridad a 31 de marzo de 1994. Quienes ingresen a ECOPETROL con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993, por vencimiento del término de contratos de concesión o de asociación, se pueden beneficiar del Régimen de Seguridad Social de ECOPETROL. Quienes ingresen a ECOPETROL a partir de la vigencia de la Ley 797 de 2003, serán afiliados en forma obligatoria al Sistema General de Pensiones y se regirán por todas las disposiciones contenidas en esa ley.
Última modificación 13-05-2016

¿Se puede negociar el bono pensional tipo B?

No. Los Bonos tipo B no son negociables, en razón a que el Bono se hace efectivo cuando el afiliado se pensione en el RPM
Última modificación 13-05-2016

¿Un particular puede solicitar un bono B y T?

Los bonos B y T únicamente los solicita el RPM. Los bonos B y T no son para las personas. Los bonos B y T son para el Fondo Común del RPM. Los bonos B y T nunca se entregan a las personas que se van a pensionar. Los bonos B y T se emiten (reconocen) y pagan directamente al RPM.
Última modificación 13-05-2016

¿Una persona que no está afiliada al ISS puede solicitar un bono B y T?

No. Para que se pueda emitir un bono B y/o T la persona tiene que estar afiliada al RPM y haber radicado su solicitud de pensión ante el RPM.
Última modificación 13-05-2016

Cumplí el requisito de edad, pero no alcance a completar el mínimo de semanas requeridas para pensionarme, ¿tengo derecho a un bono pensional en el RPM?

No. El bono pensional aplica únicamente para el financiamiento de pensiones de servidores públicos. A lo que tiene derecho, es a una indemnización sustitutiva de vejez.
Última modificación 13-05-2016

Me voy a pensionar en el RPM, ¿el bono pensional me incrementa mi pensión?

El bono pensional no le incrementa la pensión, toda vez que se constituye como un mecanismo de financiación. Si bien, los tiempos laborados en entidades empleadoras públicas le sirven para computar tiempo, el cálculo del bono pensional no se la incrementa. El monto de su pensión depende del tiempo aportado, de la edad y del régimen a otorgar.
Última modificación 13-05-2016

No cumplo con el requisito de tiempo suficiente para pensionarme y fui servidor público, ¿el RPM me paga el bono pensional?

Si fue servidor público y no cuenta con el tiempo requerido para pensionarse, el RPM, una vez cumpla con el requisito de edad establecido en la norma, le devolverá los aportes efectuados al RPM (Indemnización Sustitutiva). Los tiempos cotizados a otras cajas o fondos diferentes al RPM, deberá solicitarlos directamente a las entidades empleadoras públicas en las cuales laboró.
Última modificación 13-05-2016

Si el RPM ha emitido el bono pensional tipo A para el Fondo Privado, ¿se puede devolver al RPM?

Sí. En caso que usted desee trasladarse nuevamente al RPM, (siempre y cuando cumpla con los requisitos de ley), el bono pensional emitido se anula y el capital constituido en la cuenta de ahorro individual se traslada al RPM junto con sus rendimientos financieros.
Última modificación 13-05-2016

Si un trabajador se traslada de un Fondo Privado al RPM ¿se emite un bono pensional?

Los aportes cotizados en un fondo privado, en caso de trasladarse al RPM, corresponden a un Traslado de Saldo de Aportes, y no, a un bono pensional.
Última modificación 13-05-2016